Facturación para electricistas y fontaneros: IVA 10% vs 21%, materiales y VERIFACTU

Los electricistas y fontaneros tienen una ventaja fiscal que muchos desconocen: en reformas y reparaciones de viviendas, pueden aplicar IVA reducido del 10% en lugar del 21% — siempre que los materiales no superen el 40% del total. Esta guía te explica exactamente cuándo aplicar cada tipo de IVA, cómo desglosar materiales y mano de obra, cuándo usar albaranes, y cómo cumplir con VERIFACTU.

Actualizado: 18 de abril de 2026 · 14 min de lectura
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¿Tu situación?

Soy electricista autónomo. Hago instalaciones en obra nueva, reformas de pisos y reparaciones de urgencia. A veces me piden factura particulares, a veces empresas. Me han dicho que en reformas de viviendas puedo cobrar IVA al 10%, pero no sé cuándo aplica exactamente. Y ahora con lo de VERIFACTU, ¿todas mis facturas necesitan un código QR?

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IVA del 10% en reformas de vivienda: cuándo aplicarlo

El artículo 91.Uno.2.10º de la Ley 37/1992 del IVA establece que las obras de renovación y reparación de viviendas pueden tributar al IVA reducido del 10% cuando se cumplen TODAS estas condiciones:

1. El edificio es una vivienda particular. No un local comercial, no una oficina, no una nave industrial, no un garaje independiente. Debe ser la vivienda habitual o segunda residencia del cliente. Los locales de negocio siempre van al 21%, sin excepciones.

2. La vivienda tiene más de 2 años de antigüedad. Desde la fecha de terminación de la construcción o de la última rehabilitación integral. Si la vivienda es nueva o recién rehabilitada (menos de 2 años), se aplica el 21%.

3. El coste de los materiales que aportas no supera el 40% del total de la factura. Esta es la regla más importante y la que más confusión genera. Si los materiales (cables, enchufes, tuberías, grifos, componentes) que tú suministras como electricista o fontanero superan el 40% del coste total de la obra, toda la factura pasa al 21%. Si no superan el 40%, toda la factura va al 10%.

4. El cliente es la persona que vive (o va a vivir) en la vivienda. No una empresa constructora, no un promotor inmobiliario, no un inversor que compra para alquilar. El destinatario debe ser el usuario final de la vivienda.

La regla del 40% es todo o nada

No puedes aplicar IVA al 10% a la mano de obra y al 21% a los materiales. Si los materiales superan el 40%, toda la factura va al 21% — incluida la mano de obra. Si no superan el 40%, toda la factura va al 10% — incluidos los materiales. Es un cálculo global sobre el total. Esto hace que el desglose entre materiales y mano de obra sea fundamental.

IVA del 21%: cuándo se aplica siempre

El IVA general del 21% se aplica obligatoriamente en los siguientes casos, sin posibilidad de aplicar el 10%:

Obra nueva: cualquier instalación eléctrica o de fontanería en un edificio en construcción tributa al 21%. La factura va al promotor o constructor, no al usuario final.

Locales comerciales, oficinas, naves: toda reparación o reforma en un inmueble que no sea vivienda tributa al 21%. Un bar, una tienda, un taller, una oficina — siempre al 21%.

Viviendas de menos de 2 años: si la vivienda se terminó hace menos de 2 años, no aplica el IVA reducido. Poco habitual en reparaciones (nadie repara una vivienda nueva), pero puede ocurrir en reformas de diseño.

Materiales > 40%: si en una reparación de vivienda los materiales que tú aportas superan el 40% del total, toda la factura va al 21%. Ejemplo: si el total es 1.000 € y los materiales cuestan 500 € (50%), aplicas el 21% a los 1.000 €.

Cliente empresa o promotor: si el cliente es una empresa constructora, un promotor inmobiliario, o una comunidad de propietarios (para zonas comunes), se aplica el 21%. El 10% solo aplica cuando el cliente es el particular que vive en la vivienda.

¿IVA 10% o 21%? Árbol de decisión para electricistas y fontaneros ¿Es una vivienda particular? NO IVA 21% (siempre) ¿Más de 2 años de antigüedad? NO IVA 21% ¿Materiales ≤ 40% del total? NO (>40%) IVA 21% (todo) IVA 10% ✓ ⚠ Si los materiales superan el 40%, toda la factura pasa a 21% — incluida la mano de obra Art. 91.Uno.2.10º Ley 37/1992 · Verifacturamos aplica el IVA correcto automáticamente
Árbol de decisión IVA 10% vs 21% para obras de electricidad y fontanería. Fuente: art. 91 Ley 37/1992. Más sobre tipos de IVA: calculadora IVA.

Cómo desglosar materiales y mano de obra en la factura

El desglose entre materiales y mano de obra es esencial para dos cosas: determinar si puedes aplicar el IVA del 10% (regla del 40%) y demostrar al cliente el valor de tu trabajo frente al coste de los componentes. Aunque el desglose no es legalmente obligatorio (puedes facturar un «servicio integral»), es la mejor práctica por transparencia y por seguridad fiscal.

La forma más clara de estructurar tu factura es separar la factura en dos bloques. El primer bloque es la mano de obra, que incluye horas de trabajo (indicando tarifa horaria × horas), desplazamiento (si cobras desplazamiento), y recargos por urgencia o nocturnidad si aplican. El segundo bloque es materiales, donde listas cada componente con unidades, precio unitario e importe (cable 3×2.5mm — 25m × 1,80 €/m, diferencial 40A — 1 ud × 45 €, etc.).

Al final de la factura, antes de aplicar el IVA, haz la comprobación: ¿los materiales superan el 40% del total antes de IVA? Si no lo superan, aplicas 10% a todo. Si lo superan, aplicas 21% a todo.

Ejemplo práctico: reparación de fontanería en vivienda

FACTURA Nº VF-2026-0156

Fecha: 18 de abril de 2026

Emisor: Pedro Gómez Navarro · Fontanero · NIF: 45678901D
C/ de la Huerta 8, 46018 Valencia

Cliente: Laura Sánchez Roca · NIF: 56789012E
C/ Colón 45, 3ºB, 46004 Valencia (vivienda habitual, construida en 2005)


MANO DE OBRA

Detección y reparación de fuga en tubería empotrada baño principal — 4 horas × 35 €/h: 140,00 €
Desplazamiento: 15,00 €
Subtotal mano de obra: 155,00 €

MATERIALES

Tubo multicapa 20mm — 3m × 4,50 €/m: 13,50 €
Codo multicapa 20mm — 2 uds × 3,20 €: 6,40 €
Válvula de corte 20mm — 1 ud: 12,00 €
Teflón + pasta selladora: 4,50 €
Subtotal materiales: 36,40 €


Total antes de IVA: 191,40 €
Comprobación materiales: 36,40 / 191,40 = 19% → ✓ inferior al 40%
IVA (10%): 19,14 €
TOTAL FACTURA: 210,54 €

Vivienda particular de más de 2 años. Materiales: 19% del total (< 40%). IVA reducido aplicable según art. 91.Uno.2.10º Ley 37/1992.

Si en esta misma reparación el fontanero hubiera tenido que instalar una caldera nueva de 800 €, los materiales serían 836,40 € sobre un total de 991,40 € — un 84%. Al superar el 40%, toda la factura iría al 21%: 991,40 + 208,19 (IVA 21%) = 1.199,59 €. La diferencia de IVA entre 10% y 21% en una factura de 991 € es de 109 € — dinero que el particular no puede deducir.

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El presupuesto: tu mejor herramienta comercial

En el sector de la electricidad y la fontanería, el presupuesto no es solo un documento fiscal — es tu tarjeta de presentación. Un presupuesto detallado, profesional y bien desglosado genera confianza y cierra trabajos. Frente al típico «te mando un WhatsApp con el precio», un presupuesto en PDF con tu logo, los materiales listados, y el IVA calculado te posiciona como un profesional serio.

El presupuesto debe incluir la descripción detallada del trabajo (no «fontanería» sino «sustitución de bañera por plato de ducha con mampara, nueva grifería y desagüe»), el desglose de materiales con marcas y referencias (el cliente quiere saber qué le vas a instalar), la mano de obra estimada en horas, el plazo de ejecución, la validez del presupuesto (15-30 días) y las condiciones de pago.

En Verifacturamos, creas el presupuesto con todos estos datos y lo envías al cliente por email o WhatsApp como PDF profesional. Cuando el cliente acepta, pulsas «Convertir en factura» y la factura se genera automáticamente con el IVA correcto (10% o 21%), el código QR VERIFACTU, y envío a la AEAT. Sin reescribir nada. Más sobre presupuestos que se convierten en factura.

Albaranes: documenta cada trabajo

El albarán de entrega es especialmente útil en trabajos de electricidad y fontanería. Cuando terminas un trabajo, el albarán documenta exactamente qué has hecho, qué materiales has utilizado, y que el cliente ha recibido el trabajo conforme. El cliente firma (o acepta digitalmente) el albarán, y tú tienes un justificante en caso de reclamación posterior.

El albarán es especialmente importante cuando el trabajo se factura después (por ejemplo, acumulas varios trabajos pequeños y facturas mensualmente a una comunidad de propietarios). Cada albarán documenta un trabajo; la factura mensual referencia todos los albaranes del periodo. En Verifacturamos, los albaranes se convierten en factura con un clic — sin copiar datos.

6 escenarios reales de facturación para electricistas y fontaneros

Escenario 1: Reparación urgente en vivienda particular

Te llaman un domingo por una fuga de agua. Arreglas la fuga en 2 horas. Los materiales (junta, tubo, sellador) cuestan 18 € sobre un total de 168 € (mano de obra 120 € + desplazamiento urgencia 30 €). Materiales: 10,7% del total → IVA 10%. Total factura: 168 + 16,80 = 184,80 €. Si cobras un recargo de urgencia/fin de semana, ese recargo forma parte de la mano de obra — no de los materiales.

Escenario 2: Instalación eléctrica completa en obra nueva

Una constructora te subcontrata para hacer la instalación eléctrica de un edificio de 12 viviendas. El presupuesto es 24.000 €. Como es obra nueva y el cliente es una empresa constructora, aplicas IVA 21% sin posibilidad de 10%. Factura: 24.000 + 5.040 (IVA 21%) = 29.040 €. Si la constructora te pide factura con retención, comprueba tu epígrafe del IAE — si es empresarial, no aplicas retención de IRPF.

Escenario 3: Reforma de baño en piso antiguo

Reformas la fontanería completa de un baño en un piso de 1985. Mano de obra: 1.200 €. Materiales (grifería, desagüe, tuberías, válvulas): 480 €. Total antes de IVA: 1.680 €. Materiales: 480/1.680 = 28,6% → ✓ inferior al 40% → IVA 10%. Total: 1.680 + 168 = 1.848 €. Si el cliente hubiera querido una grifería premium de 900 €, los materiales subirían a 1.400 € sobre 2.600 € = 53,8% → IVA 21% a todo.

Escenario 4: Mantenimiento mensual para un restaurante

Un restaurante te contrata para el mantenimiento eléctrico mensual. Facturación fija de 250 €/mes. Como es un local comercial (no vivienda), IVA 21% siempre. Si usas facturas recurrentes en Verifacturamos, la factura se genera automáticamente cada mes: 250 + 52,50 (IVA) = 302,50 €.

Escenario 5: Boletín eléctrico (certificado de instalación)

Un particular te pide un boletín eléctrico (certificado de instalación eléctrica) para contratar la luz en un piso que acaba de comprar. Si solo emites el certificado sin hacer obra, es un servicio profesional al 21%. Si el certificado va acompañado de una obra de adecuación (cambio de cuadro eléctrico, cableado), puedes aplicar el 10% al conjunto si se cumplen las condiciones (vivienda > 2 años, materiales < 40%).

Escenario 6: Trabajo para una comunidad de propietarios

La comunidad te contrata para reparar el sistema de fontanería de la zona común (sala de calderas, bajantes). El cliente es la comunidad de propietarios — que es una entidad, no un particular. Las zonas comunes no son vivienda habitual de nadie. IVA 21%. Si la comunidad es empresa o profesional a efectos de IVA, no aplicas retención de IRPF (las comunidades no tienen esa obligación salvo que estés en un epígrafe profesional del IAE).

Cómo facturar un trabajo en Verifacturamos paso a paso

Paso 1 — Crea el presupuesto: antes de empezar el trabajo, crea un presupuesto en Verifacturamos con el desglose de mano de obra y materiales. Envía al cliente por WhatsApp o email. El cliente acepta.

Paso 2 — Realiza el trabajo y crea el albarán: al terminar, genera un albarán de entrega con el trabajo realizado y los materiales efectivamente utilizados. Si los materiales cambiaron respecto al presupuesto (necesitaste más tubo, diferente válvula), actualiza el albarán.

Paso 3 — Convierte en factura: pulsa «Convertir en factura». Verifacturamos calcula el porcentaje de materiales sobre el total. Si es ≤ 40% y el cliente es particular en vivienda > 2 años, aplica IVA 10%. Si no cumple las condiciones, aplica 21%. Tú verificas y confirmas.

Paso 4 — Emite con VERIFACTU: la factura se genera con código QR, hash encadenado, y se envía a la AEAT automáticamente. El PDF incluye el desglose de materiales y mano de obra. Envía al cliente por email o WhatsApp.

Paso 5 — Tu gestor recibe todo: si tienes configurada la sincronización con Google Drive, tu gestor recibe las facturas automáticamente. El informe del Modelo 303 separa las operaciones al 10% y al 21%.

Gastos deducibles para electricistas y fontaneros

Como autónomo del sector, puedes deducir una amplia variedad de gastos. Los más habituales son:

Vehículo y combustible: si usas tu furgoneta exclusivamente para el trabajo, puedes deducir el 100% del IVA de la compra/renting y del combustible. Si la usas también para uso personal, solo el 50% del IVA. El gasto en IRPF se deduce al 100% si es uso exclusivo profesional.

Herramientas y equipamiento: taladros, multímetros, cámaras de inspección, escaleras, soldador, herramienta especializada — todo deducible. Si el importe supera 300 €, se amortiza en varios años. Material de consumo: cables, tuberías, conectores, selladores, cinta aislante — deducible como gasto corriente.

Formación y certificaciones: cursos de baja tensión, certificados de instalador, formación en energías renovables, carnet de manipulador. Ropa de trabajo y EPIs: botas de seguridad, casco, guantes, ropa ignífuga — deducible si es específica para el trabajo.

Seguro de responsabilidad civil — imprescindible y 100% deducible. Software de facturación — Verifacturamos 9 €/mes, deducible. Cuota de autónomos — calcula la tuya con la calculadora de cuota 2026. Más sobre gastos deducibles en IRPF y gastos deducibles de IVA.

VERIFACTU: obligatorio desde 2027 para todos tus trabajos

A partir de julio de 2027 (autónomos), todas las facturas que emitas con software deben cumplir con VERIFACTU: código QR verificable, hash encadenado, y envío automático a la AEAT. Da igual que la factura sea al 10% por una reparación en un piso o al 21% por una instalación en un local — todas necesitan VERIFACTU.

Si ahora usas Excel, una libreta, o un programa antiguo para hacer tus facturas, necesitas cambiarte a un software que cumpla antes de julio de 2027. La sanción por usar software no conforme es de hasta 50.000 € por año. Verifacturamos cumple con VERIFACTU desde hoy — empieza a facturar con código QR ahora y estarás preparado cuando sea obligatorio. Cómo saber si tu software cumple.

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Para resumir

Los electricistas y fontaneros pueden aplicar IVA del 10% en reparaciones y reformas de viviendas particulares de más de 2 años, siempre que los materiales no superen el 40% del total de la factura. Si los materiales superan el 40%, toda la factura va al 21%. Los trabajos en locales comerciales, obra nueva, y para empresas constructoras siempre van al 21%. El desglose entre materiales y mano de obra es fundamental para determinar el IVA correcto. Desde julio de 2027, VERIFACTU es obligatorio: todas las facturas necesitan código QR, hash encadenado y envío a la AEAT. Verifacturamos gestiona presupuestos, albaranes y facturas con el IVA correcto y VERIFACTU automático por 9 €/mes.

Preguntas frecuentes

Cuando el trabajo es en una vivienda particular de más de 2 años, los materiales no superan el 40% del total, y el cliente es el residente. Si falla cualquier condición, se aplica 21%. Más sobre tipos de IVA.
Toda la factura pasa al 21% — incluida la mano de obra. Es todo o nada: no puedes aplicar 10% a la mano de obra y 21% a los materiales. Por eso el desglose es fundamental.
Depende de tu epígrafe del IAE. Si tienes epígrafe empresarial (la mayoría de electricistas y fontaneros), no aplicas retención en ningún caso. Si tienes epígrafe profesional, aplicas 15% (o 7%) a empresas. A particulares nunca se retiene.
No es obligatorio fiscalmente, pero es muy recomendable. El albarán documenta el trabajo realizado y la conformidad del cliente. En Verifacturamos, los albaranes se convierten en factura con un clic.
Sí, desde julio de 2027. Todas las facturas necesitan código QR y envío a la AEAT. Verifacturamos cumple desde hoy — 9 €/mes. Guía VERIFACTU.
Sí. Si el vehículo es de uso exclusivo profesional, deduces el 100% del IVA y del gasto en IRPF. Si es uso mixto (personal + profesional), deduces el 50% del IVA. Gastos deducibles de IVA.
FuentesLey 37/1992 del IVA (art. 91.Uno.2.10º — IVA reducido en reformas) · RD 1619/2012 (facturación) · RD 1007/2023 (VERIFACTU) · AEAT — Tipos de IVA

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